Regla de Vida

ESTATUTOS
GENERALES

La Congregación en la Iglesia
(Constitución 2)

01 – La Congregación del Santísimo Redentor (C.Ss.R.) asocia a sacerdotes, diáconos y hermanos [coadjutores] quienes, en fraterna comunión, cooperan a la realización de una misma misión, tanto dentro como fuera de casa. Todos y cada uno de ellos siguen el ejemplo de Cristo en su vida escondida y quieren ser fermento de evangelio en el mundo:

sea dedicándose al anuncio de la salvación y al ministerio litúrgico,

sea empleándose en otras obras apostólicas propiamente dichas,

sea realizando trabajos técnicos y profesionales.

02 – La Congregación puede asociarse oblatos, tanto clérigos como seglares. Ha de considerarlos y formarlos como cooperadores, temporales o permanentes, de nuestro apostolado.

Las (vice)provincias determinarán con mayor precisión las formas concretas de agregación (cf. 085).

03 – La Congregación se rige tanto por el derecho universal de la Iglesia como por el suyo particular, el cual consta en las Constituciones aprobadas por la Sede Apostólica, y también en los Estatutos generales y normas de los Directorios dictados por el Capítulo general, así como en los Estatutos (vice)provinciales establecidos por los Capítulos (vice)provinciales.

El Directorio de los Capítulos tiene fuerza de ley. El Directorio de Superiores la tiene solamente en el elenco de las competencias, a no ser que transcriba del derecho universal o particular, en cuyo caso la obligación dimana de este mismo derecho.

04 – La Congregación goza de exención. No obstante, las comunidades de los congregados son, de hecho y de derecho, parte de la Iglesia local, de cuyos dones y bienes, dificultades y persecuciones o tribulaciones participan. Por eso tienen la responsabilidad de atender a las necesidades del pueblo de Dios y de cooperar con todas sus fuerzas con la Iglesia local, en cuanto lo exija la pastoral orgánica, dejando a salvo la índole propia de la Congregación (cf. CC. 18; 66; 135. [1]

05 – Los redentoristas veneran al Santísimo Redentor, como titular del Instituto; a la Bienaventurada Virgen María bajo el título de Inmaculada Concepción, como patrona oficial de la Congregación, y bajo la advocación de Madre del Perpetuo Socorro, cuyo culto deben fomentar por encargo de la Santa Sede; a san José; a los santos Apóstoles; al fundador san Alfonso, modelo y padre de todos los congregados; a san Clemente, propagador insigne de la Congregación; a san Gerardo, ejemplar sobre todo para los hermanos coadjutores; a san Juan Nepomuceno Neumann, eminente por su celo pastoral; al beato Pedro Donders, aventajado en el servicio misionero para la salvación integral del hombre; al beato Gaspar Stanggassinger, que se dedicó incansablemente a promover las vocaciones religiosas y sacerdotales, y al beato Jenaro Sarnelli, fiel compañero de san Alfonso. [2]

06 – El sello de la Congregación está formado por una cruz con la lanza y la esponja, puestos sobre tres montes; a los lados de la cruz figuran los nombres abreviados de Jesús y de María; sobre la cruz, un ojo con rayos luminosos; encima de todo una corona. Alrededor del sello se lee: “Copiosa Apud Eum Redemptio” (cf. Salmo 129,7).

07 – El uso de nuestro hábito religioso será determinado con más precisión por los Estatutos (vice)provinciales, teniendo en cuenta la Constitución 45:4º.

08 – Los congregados tengan en gran aprecio el apostolado contemplativo de las monjas de la Orden del Santísimo Redentor, quienes nacidas del mismo tronco y dedicadas al mismo fin, participan en el ministerio de la Congregación. Por consiguiente, sean informadas regularmente sobre nuestros trabajos, a fin de que, gracias a su ayuda espiritual, la palabra de Dios se difunda y sea glorificada. También nosotros debemos estar prontos a ayudarlas con espíritu fraterno.

En la Curia general funciona un Secretariado especial encargado de los asuntos relacionados con las monjas O.Ss.R.

Capítulo Primero

EL QUEHACER MISIONERO DE LA CONGREGACIÓN
(CC. 3-20)

Art. 1 – Los hombres a quienes se anuncia el evangelio (CC. 3-5)

09Criterio:

a) De acuerdo con las normas del Capítulo (vice)provincial, los nuestros deben indagar cuidadosamente quiénes son los más privados de auxilios espirituales, sobre todo los pobres, los débiles y los oprimidos, atendiendo a la diversidad de las regiones y según la actividad pastoral de conjunto.

b) Al redentorista no le es lícito hacerse sordo al clamor de los pobres y de los oprimidos; más bien debe buscar los medios de ayudarles, a fin de que ellos, con su propio esfuerzo, puedan superar los males que los oprimen. Este elemento esencial del evangelio nunca debe faltar en la proclamación de la palabra de Dios.

010Grupos de fieles a quienes la Iglesia no ha podido proporcionar aún medios suficientes de salvación

Pueden considerarse como tales aquellos grupos que, bien sea por la escasez de sacerdotes o bien por las condiciones sociales de vida, están espiritualmente abandonados; por ejemplo:

    los campesinos de ciertas regiones;

    muchísimos emigrantes, desterrados, prófugos y otros de igual condición;

    los que viven o trabajan en las grandes aglomeraciones urbanas;

    los que a causa “de su raza o color se sienten injustamente excluidos de los principales derechos de los demás ciudadanos”. [3]

011Los que nunca oyeron el mensaje de la Iglesia

a) La Congregación es consciente de que la mayor obra de caridad misionera y la misión primaria de la Iglesia consiste en la predicación del evangelio a los pueblos que desconocen el mensaje y la misericordia salvífica de Cristo.

La Iglesia sabe que en este campo ha de realizar aún una tarea misionera ingente. [4]

Nuestra Congregación, ocupada ya en esta misión primaria de la Iglesia, intenta promoverla más intensamente. Cada una de las (vice)provincias, obedeciendo a los deseos de la Iglesia, debe interrogarse si no podría cooperar con las provincias que ya trabajan en las misiones, compartiendo con ellas personal y bienes, o bien emprender por su cuenta algunas nuevas misiones.

b) Los cohermanos que abrazan este apostolado siguen de modo eminente al Redentor y, a la vez, realizan la intención de san Alfonso, quien exhortaba con apremio a sus hijos a fomentar “un verdadero celo en favor de los infieles,” y quiso que se obligaran con voto a “ir a las misiones entre infieles”. [5]

c) Ya que una adaptación más profunda de toda la vida cristiana depende de la íntima cooperación entre los pueblos llamados a la fe y los misioneros, es preciso que los congregados, que van a un nuevo territorio, estén instruidos en misionología. Esfuércense por conocer a fondo la lengua y la cultura, la religión y las costumbres del pueblo.

Tengan un gran aprecio por todo lo bueno y verdadero que encuentren en la tradición de los pueblos y traten de integrarlo coherentemente en la vida de fe a fin de que se constituya una Iglesia genuinamente autóctona, que sea, a la vez, signo de la Iglesia universal. [6]

Para hacerles partícipes de las riquezas que distinguen a la tradición religiosa de la Iglesia, preocúpense igualmente de implantar nuestra Congregación, a fin de que ésta pueda servir mejor al pueblo donde trabaja, adaptándose a su propia cultura e idiosincrasia. [7]

Los mismos misioneros, venidos de fuera, sean conscientes de que han sido llamados para ayudar al pueblo, de suerte que, cuando llegue el momento oportuno, movidos por espíritu de caridad y de abnegación, sepan ceder de buen grado el puesto al clero local.

d) Para conseguir una mejor colaboración, los superiores de la Congregación suscriban con el Ordinario del lugar un convenio acerca de los mutuos derechos y obligaciones. Por la misma razón hágase un inventario de los bienes de la Congregación y de la diócesis. [8]

012 – Los que no acogen el mensaje de la Iglesia como “buena nueva”

Son las personas o grupos “entre los que la Iglesia está presente”, pero que no sienten aprecio alguno por Cristo, o se han alejado de la Iglesia.

El ateísmo, que en muchas regiones impregna tan ampliamente la vida y las instituciones, debe ser bien conocido y ponderado por los nuestros bajo todos sus aspectos, aun los positivos, para promover la auténtica fe cristiana (cf. 014-b). [9]

013A quienes perjudica la división de la Iglesia

Los congregados deben propiciar cuanto pueda contribuir a la unión de todos los creyentes en Cristo. Esto vale ciertamente para todos los redentoristas que llevan a cabo su tarea en la sociedad “pluralista” de hoy; pero vale sobre todo para quienes se dedican especialmente al apostolado ecuménico.

Esta labor reclama de los misioneros abnegación sincera, humildad y mansedumbre en el servicio, y espíritu de generosidad fraterna para con los demás. Por consiguiente, tanto mejor promoverán la unión de los cristianos cuanto más empeño pongan en llevar una vida más acrisolada según el evangelio. [10]

014Los fieles llamados a conversión continua

a) La tarea misionera de la Congregación entre los fieles siempre es actual, ya que la Iglesia ha de predicar sin cesar la fe y la penitencia a los creyentes. [11]

Además es menester suscitar entre los fieles vocaciones misioneras que lleven adelante por doquiera la obra de la Congregación.

b) El estilo de misión entre los creyentes debe dirigirse hoy ante todo a la conversión en la fe, ya que los fieles están sometidos a una crisis bastante generalizada en este campo. Pues el contexto social, caracterizado por el pluralismo cultural, ya no puede llamarse cristiano, y sus estructuras externas ya no ofrecen apoyo a la fe.

Con todo, las nuevas condiciones sociales, que afectan a la misma religiosidad, incitan a una purificación de ésta y a una adhesión más vital a la fe. [12]

c) Los congregados instruyan a los fieles sobre su propia vocación en la Iglesia, a fin de que, guiados por espíritu evangélico, contribuyan desde dentro, a modo de fermento, a la santificación del mundo.

Puesto que los seglares tienen una función propia y absolutamente necesaria en la misión de la Iglesia, estimulen los nuestros en el pueblo de Dios un dinamismo apostólico más comprometido. Pues la Iglesia no vive su plenitud ni es signo perfecto de Cristo entre los hombres, si no cuenta con la cooperación activa de un verdadero laicado. [13]

d) A los jóvenes, que ejercen un influjo de gran importancia en la sociedad actual, los atenderán con particular afecto, sobre todo donde se trabaja en el ministerio parroquial, a fin de que ellos se comporten como auténticos hombres nuevos y artífices de nueva humanidad. Susciten y aviven su fervor misionero, de modo que de entre ellos surjan los futuros mensajeros del evangelio. [14]

015 – Servicio pastoral a los sacerdotes

Los sacerdotes, dedicados generalmente a la pastoral ordinaria, son, de por sí, los educadores de la fe.

Pero a nadie se le ocultan las dificultades que los acosan en las circunstancias de la vida actual.

Los nuevos impedimentos que obstaculizan la fe, la aparente esterilidad del trabajo realizado y, también, la amarga soledad que experimentan, pueden llevarlos al peligro de caer en el desaliento.

Por eso nuestros misioneros deben dedicar atención especial a los sacerdotes, a través de los contactos humanos y de todos los medios que tengan a su alcance, para confortarlos en la fe e infundirles confianza en la presente coyuntura pastoral. [15]

Art. 2 – Algunas formas de la acción misionera (CC. 13-16)

016Principio general:

Se han de promover con tenacidad y gran empeño, donde resultan eficaces, las formas de ministerio que se mencionan en los Estatutos siguientes, adaptándolas constantemente a las necesidades pastorales.

017Las misiones populares

a) La Iglesia, que acoge en su propio seno a pecadores y es al mismo tiempo santa y siempre necesitada de purificación, avanza continuamente por la senda de la penitencia y de la renovación. [16]

A este fin las misiones son un medio eficacísimo, como lo demuestra la historia. Pues ellas, como ministerio pastoral extraordinario, proclaman el mensaje de la salvación y la conversión (predicación kerigmática), ya que son la redención continuada que el Hijo de Dios actualiza perpetuamente en el mundo por medio de sus ministros.

b) Para confirmar los frutos de la misión se recomiendan vivamente las renovaciones de espíritu o renovación de misión, que constituyen una nota característica de la Congregación.

018El ministerio parroquial

Los cohermanos dedicados a este ministerio desempeñen con toda diligencia sus deberes parroquiales, bien convencidos de que cuanto más profundamente actúen con espíritu misionero, tanto mejor conseguirán hacer de su trabajo una especie de misión permanente.

019La instrucción catequética

En cualquier forma en que realicen su acción pastoral los congregados promuevan cuanto puedan la instrucción catequética, ya que ésta se orienta a que la fe, iluminada por la doctrina, se haga viva, explícita y operante. Colaboren con las instituciones catequéticas constituidas con este fin. [17]

020Los ejercicios espirituales

Los congregados, sea en sus casas, sea en otros centros, den ejercicios espirituales a sacerdotes y a clérigos, religiosos y seglares. Afánense con verdadero dinamismo eclesial para que los hombres profundicen cada vez más en los misterios de la salvación y se conviertan en auténticos misioneros.

Instruyan a los seglares sobre todo acerca de su función en la Iglesia y promuevan en ellos la responsabilidad cristiana en favor de los demás (cf. 014: c-d).

021El fomento de la justicia y promoción humana

La Iglesia ha sido enviada a liberar y salvar toda la persona, y a transformar en Cristo a todos los hombres y a todo el mundo; esto hay que tenerlo siempre presente en la tarea evangelizadora. Por eso los congregados se esforzarán en impulsar las obras que miran a la promoción humana y social, especialmente en las regiones que están en vías de desarrollo.

Realicen esto de diversas maneras según las circunstancias del lugar y las exigencias de la evangelización, cooperando estrechamente con los organismos e instituciones establecidos para este fin. [18]

Los Estatutos (vice)provinciales determinarán esto con más precisión, teniendo en cuenta el carisma misionero de la Congregación en la Iglesia.

022El apostolado por los medios de comunicación social

La Congregación acepta con amplitud de miras y emplea al servicio de la pastoral los medios de comunicación social que tanto contribuyen a propagar y consolidar el reino de Dios, ya se trate de publicaciones literarias, populares o científicas, de actividades artísticas o de las técnicas audiovisuales.

Estudien los Capítulos lo concerniente al ejercicio del apostolado por estos medios; y los Gobiernos (vice)provinciales faciliten una adecuada formación a los congregados idóneos para esto. [19]

023Los estudios de teología moral y pastoral

Secundando los deseos de la Iglesia, los redentoristas aplíquense al estudio de las ciencias teológicas y humanas, a fin de proporcionar al pueblo de Dios en su vida cotidiana los medios necesarios de salvación. Dedíquense de modo especial al estudio de la teología moral y pastoral y también al de la espiritualidad, de acuerdo con la historia y la índole de la Congregación. [20]

Con esta finalidad se ha erigido en la Ciudad Eterna la Academia Alfonsiana, que ha de ser sostenida y favorecida por todo el Instituto, y cuyos objetivos están en íntima conexión con el fin de la Congregación.

024 – La consulta espiritual

El carisma de consejero espiritual, que resplandeció brillantemente en san Alfonso y que siempre ha sido muy estimado en nuestra tradición, es de gran importancia en nuestros tiempos, en que el ser humano se plantea continuos interrogantes. [21]

Este ministerio debe adoptar formas nuevas, en armonía con la mentalidad de hoy, como, por ejemplo, las consultas, las respuestas en las revistas, etc. Donde estas formas ya existen, los congregados hagan uso de ellas aportando su propia colaboración específica. [22]

Art. 3 – La adaptación de los métodos apostólicos (C. 17-19)

025 – a) Bajo la inspiración y guía del superior (vice)provincial y con la colaboración de los Secretariados respectivos, promuévanse reuniones (vice)provinciales de cohermanos para tratar de cuestiones teológicas, pastorales y otras parecidas, y para adaptar los métodos de apostolado. Tales reuniones deben programarse con cierta periodicidad y estabilidad (cf. C. 126; Est 0114, 0155).

b) Para dinamizar la actividad apostólica parece muy conveniente que los Gobiernos (vice)provinciales, juntamente con el Secretariado de vida apostólica, organicen determinados equipos de congregados para experimentar nuevas formas de acción misionera. Tales ensayos llévense a cabo en colaboración con la Iglesia local (cf. CC. 36-38; Est 045-049).

Capítulo Segundo

LA VIDA COMUNITARIA
(CC. 21-45)

Art. 1 – Importancia de la comunidad

026 – También son parte de la comunidad, de la que trata la C. 22, los que – a modo de excepción – por exigencias del ministerio y por mandato de la comunidad, viviendo solos realizan una obra común.

027 – Tanto los superiores como los otros congregados se preocuparán de que los cohermanos de diversas casas se reúnan en determinadas ocasiones para avivar el espíritu de fraterna colaboración. Lo cual, evidentemente, se aplica de especial manera a los congregados que, por mandato de la propia comunidad y unidos a ella de corazón, viven y trabajan solos.

Art. 2 – Comunidad de oración

028  a) Puesto que el misterio eucarístico expresa y edifica la comunidad, es muy deseable que sea concelebrado o se celebre comunitariamente.

También aprecien de corazón el coloquio cotidiano con Cristo Señor, en la acción de gracias después de la comunión y en la visita y culto personal a la santísima eucaristía.

b) Además, “siendo el Oficio divino la voz de la Iglesia que alaba públicamente a Dios” (SC 99), se ha de procurar que se rece en común al menos alguna parte del mismo (cf. C. 30).

c) Los Estatutos (vice)provinciales determinarán cuántas veces al día deben congregarse para orar en común a tenor de la C. 30.

029 – Más o menos un día cada mes, y durante ocho días todos los años, se entregarán con más intensidad al trato interior con Dios por medio de los ejercicios espirituales.

Los Estatutos (vice)provinciales concretarán más sobre este particular.

Art. 3 – Comunidad fraterna

030 – La estructura administrativa de la comunidad debe estar siempre al servicio del espíritu de comunión y de fraternidad, el cual ha de tener la necesaria primacía en la vida comunitaria de los congregados. [23]

Por consiguiente, se ha de organizar de modo que contribuya mejor a la conservación y desarrollo del espíritu fraterno; téngase esto presente sobre todo en las comunidades más numerosas.

031 – Esmérense todos los congregados por ser siempre fieles a las múltiples exigencias de la caridad que fomentan la madurez humana y cristiana, como son: el respeto y la ayuda mutuos, la solicitud llena de discreción para con los hermanos que sufren dificultades o preocupaciones angustiosas; la disponibilidad en acoger y dar hospitalidad a los cohermanos transeúntes; el espíritu de fraterno servicio; la participación en las tareas domésticas, y cosas similares.

032 – Den sobre todo una gran importancia a la llamada corrección fraterna (cf. Mt 18,15), ya que fomenta y tutela la edificación de la comunidad, que se apoya en gran medida en las relaciones personales y de amistad evangélica (cf. C. 34).

033 – Asimismo pongan todos un gran interés para que los cohermanos que inician su ministerio en la Congregación se integren estrechamente en la vida y en las obras de la comunidad.

034 – Los cohermanos enfermos y los ancianos, abrumados a veces por la soledad, deben ser siempre objeto de particular cuidado y ayuda, más especialmente cuando se acerca su última hora.

Los mismos congregados enfermos, ancianos u oprimidos por los sufrimientos, den buena acogida a la invitación de Cristo de abrazar con fe generosa su estado de salud. Su vida de oración, su experiencia y los mismos servicios que aún pueden prestar, podrán servir de inspiración para los más jóvenes.

035 – Los familiares de los cohermanos, especialmente sus padres, así como los cooperadores y bien­hechores del Instituto, están unidos a nuestra familia religiosa. Por consiguiente son acreedores por título especial a nuestra estima y afecto, mucho más si se encontraren en estrecheces y dificultades.

036 – La caridad de los congregados ha de acompañar también a los cohermanos fallecidos, así como a otros difuntos dignos de un recuerdo agradecido.

Determinen los Estatutos (vice)provinciales los sufragios que se les han de aplicar. En cuanto a los difuntos de toda la Congregación, el Gobierno general comunique sus nombres a las (vice)provincias.

Sobre los sufragios por el superior general fallecido, aun por el emérito, provea el Gobierno general.

Art. 4 – Comunidad de trabajo

037 – El superior de cada comunidad, como promotor de una continua actualización, cuidará de reunir a los congregados en determinadas ocasiones, de acuerdo con los Estatutos (vice)provinciales, para el estudio y revisión de aquellas cuestiones de teología, de pastoral y similares, más íntimamente relacionadas con las actividades de los congregados, a fin de que se reafirmen en la confianza de la vocación y se renueven en el ministerio (cf. CC. 38; 73; 90; 103; 136; 139; Est. 048). En estas sesiones de estudio téngase siempre en cuenta la Iglesia local y su pastoral orgánica (cf. CC. 18; 135; Est. 04).

Finalizado algún trabajo apostólico, o después de ciertos períodos de vida comunitaria, será oportuno hacer una evaluación, a fin de que todos lleguen a comprender mejor los designios de Dios, y atiendan con más eficacia al bien de la Iglesia.

Art. 5 – Comunidad de conversión

038 – Para progresar espiritualmente y corregir yerros y defectos, los cohermanos se reunirán varias veces al año, cuando lo establezcan los Estatutos (vice)provinciales, para practicar en acto comunitario la revisión de vida. En ella examinarán el modo cómo desempeñan los propios oficios y observan las Constituciones y Estatutos, sobre todo en lo que atañe a la caridad fraterna y misionera. Es conveniente incluir esta revisión de vida en el retiro mensual cuando éste se hace comunitariamente.

039 – Los Estatutos (vice)provinciales señalarán algunas obras comunitarias de penitencia para uno o dos días de la semana y para ciertos tiempos del año litúrgico. [24]

040 – Nuestros sacerdotes, aprobados por algún superior de la Congregación para oír confesiones, por el hecho mismo quedan aprobados para todas las comunidades y cohermanos de la Congregación, a no ser que el propio u otro superior competente les hubiera negado expresamente esta extensión de la jurisdicción.

A todo confesor, aprobado por cualquier Ordinario, se le concede jurisdicción sobre el cohermano que quiere confesarse con él.

Art. 6 – Comunidad organizada

041 – Las normas para una buena organización de la comunidad se refieren principalmente a estos puntos:

a) Las relaciones humanas, por ejemplo, en cuanto a las salidas de casa, las visitas a los familiares y a los extraños, etc.

b) Las condiciones que favorecen el estudio, la oración común, la distensión del ánimo y la realización personal de cada uno, como son, por ejemplo, el silencio y el orden del día.

Sobre estas y otras cosas semejantes determinarán los Estatutos (vice)provinciales cuáles se han de dejar a la decisión de la comunidad y cuáles a la del Consejo (vice)provincial (cf. C. 137-b).

Capítulo Tercero

LA COMUNIDAD APOSTÓLICA
CONSAGRADA A CRISTO REDENTOR
(CC. 46-76)

Art. 1 – La castidad

042 – Los congregados, aplicándose a cultivar fielmente la castidad, den fe a la palabra del Señor y, confiados en el auxilio de Dios y en el patrocinio de la Bienaventurada Virgen del Perpetuo Socorro, no presuman de sus propias fuerzas.

Art. 2 – La pobreza

043 – El derecho propio de la Congregación, de que trata la C. 68, se encuentra en el Decreto de Pío X “Ut tollatur” del día 31 de agosto del año 1909, y en el de Benedicto XV del 7 de mayo de 1918.

044 – Poner libremente en común todos los bienes fomenta de modo excelente el deseo de comunión y participación, sobre todo con los humildes y los pobres.

A ejemplo de Cristo, quien nos lo dio todo, la pobreza lleva consigo la comunicación de bienes.

Por eso, como miembros de un Instituto destinado a la evangelización de los pobres, los congregados tengan una fina sensibilidad ante la pobreza del mundo y los graves problemas sociales, que angustian a casi todos los hombres.

Toda clase de pobreza – material, moral, espiritual – debe incitar su celo apostólico.

Las aspiraciones legítimas de los pobres serán sus propias aspiraciones.

045 – En ciertos casos los congregados pueden sentirse movidos a compartir realmente, con el consentimiento de la comunidad, la penuria y la inseguridad de los pobres de más humilde condición.

De acuerdo con las exigencias de cada (vice)provincia, se pueden hacer en este punto oportunas experiencias, que expresan y promueven la madurez humana y cristiana de los operarios apostólicos.

046 – 1º La comunidad tiene obligación de suministrar todo lo necesario a los congregados. Sobre esto los Estatutos (vice)provinciales se pronunciarán de forma más concreta.

2º Para que la vida común de los congregados se adapte verdaderamente a la mentalidad de cada región y ofrezca un testimonio eficaz de pobreza y solidaridad con los pobres, los Estatutos (vice)provinciales dictarán normas más concretas en lo que respecta especialmente a:

a)  el uso dependiente de los bienes materiales en la vida cotidiana y los permisos que es necesario pedir;

b) el estilo (nivel) de vida tanto individual como comunitario, atendiendo a la diversidad de los lugares;

c) la revisión periódica en cuanto a la promoción auténtica de la práctica de la pobreza;

d)  las formas nuevas de testimoniar la pobreza y de asumir responsabilidad personal en este punto.

047 – Con este objetivo, y por razón del oficio o por alguna necesidad, se puede dar habitualmente a los congregados una cierta suma de dinero, que ha de ser establecida por los decretos (vice)provinciales, con tal de que su empleo esté determinado y se dé cuenta al superior, de manera que se evite hasta la apariencia de peculio.

Art. 3. – La obediencia

048 – a) Practicando una obediencia consciente y activa, los congregados comparten la común responsabilidad en la búsqueda de los medios para realizar la misión de la Congregación, de acuerdo a la diversidad de los lugares.

b) Cuando algo haya sido decidido en comunidad, todos se aplicarán a ponerlo en práctica con generoso y unánime empeño.

049 – El Espíritu Santo distribuye los dones y carismas para el apostolado (cf. 1Cor 12,1-30). De la aceptación de estos carismas nace en cada uno de los congregados el derecho y la obligación de ejercitarlos en provecho de la comunidad eclesial (ib 12,7), en comunión con los cohermanos y, sobre todo, con aquellos que presiden (ib 12,28), a quienes les corresponde juzgar acerca de la autenticidad de los dones y de su ordenado ejercicio, no ciertamente para apagar el Espíritu, sino para probarlo todo y quedarse con lo que es bueno (cf. 1Ts 5,19-22; 1Jn 4,1-7). Recuerden los congregados que los “carismas superiores” (1Cor 12,31) se ordenan a la caridad, que es el “camino más excelente” (ib 13,1).

Capítulo Cuarto

LA FORMACIÓN PARA
LA COMUNIDAD APOSTÓLICA
(CC. 77-90)

Art. 1 – Selección y discernimiento de las vocaciones

050 – Cada (vice)provincia establezca las instituciones necesarias para suscitar, buscar y cultivar las vocaciones. Hágase esto siempre en una sincera cooperación con aquellos que tienen encomendado este especial cuidado pastoral en la Iglesia universal y, sobre todo, en las diócesis o regiones. [25]

051 – Debe constar claramente la idoneidad de los candidatos para la vida de la Congregación. Por ello, indáguese con atento cuidado:

a)  sobre la adecuada salud física y psíquica de los candidatos para nuestra vida apostólica, así como sobre su capacidad para integrarse en la vida social. Esto se comprueba por los medios comunes, pero, en cuanto sea necesario, conviene confirmarlo con pruebas válidas por parte de técnicos en la materia; [26]

b)